Editorial de "El Comercio de Ayer", pocas veces coincido esta es una de ellas.
Debemos insistir en la inconstitucionalidad, ineficacia y perjuicios de la norma que prohíbe publicar encuestas una semana antes del sufragio, que el actual Congreso de la República se negó a anular.
Este “silencio electoral”, como ya se ha evidenciado, equivale a un apagón informativo y contraproducente, que genera muchas suspicacias y eleva a grado sumo la incertidumbre y el rumor, a veces fomentado perversamente por algunos grupos de interés. En este río revuelto, entonces, son más los perdedores que los ganadores.
De acuerdo con la Constitución de 1993, art. 2, inciso 4, toda persona tiene derecho “a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento […] sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley”. En el fondo, tiene primacía el fundamental derecho del ciudadano a saber y a informarse de modo libre e irrestricto, que nos está siendo conculcado y retaceado al poner cortapisas a las encuestas.
Estas constituyen fuente de información útil sobre las preferencias y tendencias electorales del día a día, lo que permite al ciudadano tener no solo una idea sobre el clima político circunstancial, sino también una proyección del futuro del país, lo que se torna más necesario en un país con tan alto número de indecisos. Sin embargo, aunque es posible que una encuesta pueda afirmar o no a un elector en la su decisión de voto, los estudios demuestran que esto no se da de modo determinante.
Por lo demás, desde el punto de vista práctico, la norma se ha tornado totalmente obsoleta y absurda, en un mundo con comunicación cibernética global, dinámica y totalmente fluida. Se da el caso de que la prohibición rige para los medios peruanos, pero no para los extranjeros, por lo que pueden filtrarse encuestas a través de canales internaciones por cable, o simplemente a través del infinito universo de sitios web de diarios extranjeros y medios de comunicación de alcance planetario.
¿Por qué, entonces, se sigue manteniendo una norma tan discriminatoria? En el plano local, ya hemos reseñado lo sucedido en los últimos comicios municipales: una semana antes, el domingo 26 de setiembre, Ipsos Apoyo S.A. reportó que Susana Villarán tenía 40% de las preferencias electorales, Lourdes Flores 28% y Humberto Lay 8%. A partir de ese día rigió el silencio electoral y la población no tuvo acceso a nueva información. Pero, para la noche anterior a la votación, el escenario había cambiado dramáticamente y la encuesta confidencial de dicha empresa –que los medios no podían difundir, bajo pena de multa– reveló que había un empate técnico: Villarán había bajado a 37,1%, mientras que Lourdes Flores había subido a 36,4%, apenas 0,7% las distanciaba. Pero solo unos pocos (periodistas, políticos, empresarios, medios) supieron que iba a ser una competencia muy reñida, y que nada estaba dicho. ¿Con qué derecho se prohíbe esta información a la mayoría ciudadana y se la condena al oscurantismo y al rumor direccionado por ciertos políticos? ¿Qué se podría esperar de una boca de urna sorpresiva cuando hoy tenemos a cuatro candidatos en ardua disputa por la punta para llegar a la segunda vuelta presidencial?
Son muchas y consistentes las razones para eliminar una norma inconstitucional que crea ciudadanos de primera y segunda categoría. Ello, definitivamente, repugna principios básicos del Estado democrático y no contribuye a la formación de ciudadanía responsable. Por todo ello, urge que en la agenda de reformas pendientes, que le tocará ver al próximo Congreso, se incluya con prioridad no solo el establecimiento del voto voluntario, sino también el fin de la mordaza contra las encuestas y la obligación de la tinta indeleble.
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